
Cárcel confirmada a lotero tinerfeño por décimos impagados
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha confirmado la condena de diez meses de cárcel a un vendedor de lotería por quedarse con 40 décimos del sorteo de Navidad sin pagarlos.
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha confirmado la condena de diez meses de cárcel para un vendedor de lotería de Tenerife. Este hombre se quedó con 40 décimos del sorteo de Navidad sin pagarlos.
El condenado, acusado de quedarse con algo que no era suyo, también tendrá que pagar 800 euros más intereses, que es el valor de los boletos, y las costas del juicio. Se le aplicó una pequeña reducción de pena porque el proceso judicial se alargó más de lo debido.
Según la sentencia, el 7 de agosto de 2017, el acusado recogió los boletos de una administración de lotería en Ofra. Los recibió en depósito para venderlos, comprometiéndose a entregar el dinero de las ventas.
Tanto el Juzgado de lo Penal como ahora la Audiencia Provincial consideran probado que, con la intención de enriquecerse de forma injusta, el vendedor no entregó el dinero de los décimos vendidos ni los que no había logrado vender, sin dar ninguna explicación al dueño de la administración.
Las sentencias confirman que, con su actuación, el acusado causó un perjuicio económico de 800 euros al denunciante, quien tuvo que acudir a los tribunales para reclamar su dinero.
El condenado intentó recurrir la primera sentencia, argumentando que no había pruebas suficientes para demostrar su culpabilidad con la seguridad que se exige en un caso penal.
La Audiencia, sin embargo, se remitió al juicio que se celebró en su momento y que ya había dictado la condena.
Además, el propio acusado no se presentó a la vista judicial, a pesar de haber sido citado en su casa. Por ello, no pudo dar ninguna explicación ni defenderse de lo que se le acusaba.
Todo esto, según la Audiencia, confirma que el Juzgado de Primera Instancia contó con pruebas "suficientes, válidamente obtenidas y practicadas", por lo que la sentencia inicial se mantiene.
Al acusado aún le queda la opción de recurrir esta decisión ante el Tribunal Supremo (TS).