La Audiencia de Tenerife libera a cuatro migrantes tras cuestionar la validez de sus identificaciones policiales

La Audiencia de Tenerife libera a cuatro migrantes tras cuestionar la validez de sus identificaciones policiales

Recurso: El Día

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha puesto en libertad a cuatro migrantes tras cuestionarse la validez de las identificaciones policiales, anticipando un fallo absolutorio en un caso que pone en duda la solidez de las acusaciones por delitos contra los derechos de los extranjeros.

La reciente decisión de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife de poner en libertad a cuatro migrantes, quienes permanecían en prisión preventiva desde abril de 2024, marca un punto de inflexión en la gestión judicial de las llegadas irregulares a las Islas Canarias. Tal y como ha trascendido tras la conclusión del juicio celebrado esta semana, la suspensión de las medidas cautelares anticipa un fallo absolutorio para los procesados, a quienes la Fiscalía solicitaba penas que sumaban 22 años de cárcel por delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y lesiones por imprudencia grave.

Este caso pone de relieve las tensiones existentes entre la celeridad de las investigaciones policiales en los puertos de llegada y las garantías procesales necesarias en un juicio penal. Durante la vista oral, el testimonio de uno de los supervivientes del cayuco, que arribó a Los Cristianos en abril de 2025 con 68 personas a bordo, resultó determinante para cuestionar la validez de las identificaciones iniciales. El testigo relató cómo, debido a barreras idiomáticas y a una confusión en el procedimiento de reconocimiento fotográfico en dependencias policiales, señaló a compañeros de viaje como supuestos responsables de la travesía, cuando en realidad solo eran otros pasajeros.

La defensa, encabezada por la letrada Sara Rodríguez, centró su estrategia en denunciar la fragilidad de un atestado que, a su juicio, carecía de una indagación individualizada y rigurosa. Según la tesis de la defensa, la instrucción se limitó a una identificación apresurada, sin contrastar adecuadamente los roles de los ocupantes ni descartar la contaminación de los testimonios en un contexto de vulnerabilidad extrema. La abogada subrayó que la mera presencia de un migrante al timón en los momentos finales de la ruta —a menudo por necesidad ante el agotamiento de los patrones reales— o el reparto de víveres entre compañeros no constituyen, por sí mismos, pruebas de una posición de mando o de organización criminal.

Asimismo, el proceso ha cuestionado la solidez de las pruebas periciales presentadas por el Ministerio Público. En relación con las lesiones atribuidas a uno de los ocupantes, la defensa argumentó que la falta de una exploración médica directa y la omisión de patologías previas del afectado invalidan la pretensión de responsabilidad penal. Este episodio judicial subraya la dificultad de trasladar la complejidad del fenómeno migratorio a los tribunales, donde la línea entre la supervivencia colectiva y la responsabilidad delictiva requiere, según los expertos, un estándar probatorio que, en este caso, parece no haberse alcanzado. La resolución final, pendiente de redacción, se perfila como un precedente relevante sobre la necesidad de extremar el rigor en la cadena de custodia y la investigación de los hechos en las rutas migratorias atlánticas.