
La justicia obliga al Ayuntamiento de Icod de los Vinos a dar agua a una vecina tras años de bloqueo burocrático
Un juzgado de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado al Ayuntamiento de Icod de los Vinos facilitar el suministro de agua a una vecina con discapacidad, priorizando el derecho a una vivienda digna frente a las trabas burocráticas municipales.
La resolución judicial que permitirá a una vecina de Icod de los Vinos acceder al suministro de agua potable en su domicilio pone de relieve, una vez más, la tensión existente entre la rigidez administrativa en materia urbanística y el derecho fundamental a una vivienda digna. Tal y como recoge el diario El Día, la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado, mediante una medida cautelar, que el Ayuntamiento facilite la conexión a la red de abastecimiento en una vivienda situada en el edificio Suliman, en el barrio de La Centinela.
El caso de Mercedes F., propietaria del inmueble, ilustra una paradoja burocrática recurrente en los municipios canarios: la Administración local exigía la cédula de habitabilidad para autorizar el alta del servicio, a pesar de que la propia corporación municipal venía girando recibos por la tasa de recogida de basuras sobre la misma propiedad. La magistrada ha calificado esta actuación como una contradicción con fines meramente recaudatorios, subrayando la desprotección que sufre el ciudadano cuando el Consistorio utiliza criterios dispares para gestionar sus obligaciones y sus competencias.
La situación, que se ha prolongado durante tres años, se agravó debido al silencio administrativo. La afectada, que cuenta con una discapacidad reconocida del 67%, intentó resolver el conflicto por la vía política durante los mandatos de Francis González y Javier Sierra, sin obtener una solución efectiva. Ante la falta de respuesta institucional, la vía judicial se convirtió en el único cauce para evitar que la carencia de un recurso básico se perpetuara. La demanda, formalizada en 2026 tras dos años de inacción municipal, ha servido para que el tribunal reconozca los perjuicios graves ocasionados a la recurrente.
Desde una perspectiva jurídica, este auto es significativo porque prioriza el acceso a un servicio esencial sobre la falta de licencia de primera ocupación, un escollo habitual en viviendas que, por diversas razones, se encuentran fuera de ordenación. La jueza ha determinado que, hasta que se dicte una sentencia firme en el procedimiento principal, el Ayuntamiento debe ejecutar las actuaciones necesarias para garantizar el suministro.
Aunque la resolución supone un alivio para la vecina, el proceso aún no ha concluido. El Consistorio icodense dispone de un plazo de quince días para interponer un recurso de apelación contra esta medida cautelar. Mientras tanto, el caso subraya la necesidad de que las administraciones locales armonicen sus políticas fiscales con la realidad habitacional de sus ciudadanos, evitando que la burocracia se convierta en un obstáculo insalvable para el ejercicio de derechos básicos.