La Audiencia de Tenerife cierra un complejo caso de ciberestafa y extorsión mediante una sentencia de conformidad

La Audiencia de Tenerife cierra un complejo caso de ciberestafa y extorsión mediante una sentencia de conformidad

Recurso: El Día

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha cerrado mediante una sentencia de conformidad un caso de ciberdelincuencia en el que los acusados estafaban y extorsionaban a clientes que intentaban contratar servicios digitales ilícitos.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha cerrado un complejo caso de ciberdelincuencia mediante una sentencia de conformidad que, según ha trascendido, pone fin a un proceso marcado por la reparación del daño y la atenuación de las penas. Este desenlace judicial subraya la creciente sofisticación de las tramas de extorsión digital en España, donde el anonimato en la red se utiliza tanto para captar clientes interesados en actividades ilícitas como para someterlos a chantaje una vez que han caído en la trampa.

El tribunal ha validado un acuerdo entre las partes que ha permitido rebajar sustancialmente las peticiones iniciales de la Fiscalía. El principal encausado, a pesar de su reincidencia, ha visto suspendida su condena de tres años y tres meses de prisión —desglosada en dos años por estafa y tres meses por cada uno de los cinco delitos de extorsión—, bajo la condición de no delinquir en un lustro y realizar ocho meses de trabajos comunitarios. Esta decisión se fundamenta en su proceso de rehabilitación por toxicomanía y en el abono previo de parte de los 64.000 euros que, de forma conjunta con su cómplice, deberán reintegrar a los afectados. La segunda acusada, por su parte, ha sido condenada a un año de cárcel, con una suspensión de tres años.

La operativa desmantelada operaba bajo una estructura de engaño sistemático. Los procesados desplegaron una red de 40 anuncios en internet, apoyándose en 38 direcciones de correo y 24 líneas telefónicas distintas para fragmentar su rastro digital. Su oferta consistía en servicios de intrusión en dispositivos móviles, cuentas personales y registros administrativos, con tarifas que oscilaban entre los 20 y los 15.000 euros. Sin embargo, la resolución judicial confirma que tales servicios nunca fueron ejecutados.

El mecanismo de extorsión se activaba en dos escenarios: cuando el cliente reclamaba el dinero ante la falta de resultados, o bien cuando los estafadores, tras obtener datos personales de sus víctimas, los utilizaban para coaccionarlos bajo la amenaza de revelar sus intenciones a terceros. El sumario detalla casos concretos que ilustran la variedad de los encargos, desde intentos de acceso a bases de datos policiales o terminales de parejas, hasta la supresión de contenido multimedia sensible, con pagos individuales que alcanzaron los 850 euros.

Este caso pone de relieve un fenómeno jurídico complejo: la victimización de personas que, al intentar contratar servicios ilegales, se convierten en rehenes de sus propios proveedores. La jurisprudencia española se enfrenta así a un escenario donde la línea entre estafador y estafado se desdibuja, complicando la persecución penal de unos delitos que, como demuestra esta sentencia, requieren de una laboriosa reconstrucción de la trazabilidad digital para poder ser acreditados ante los tribunales.