
El Tribunal Supremo invalida la Declaración de Impacto Ambiental del Circuito del Motor de Tenerife
El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso del Cabildo de Tenerife, confirmando la caducidad de la Declaración de Impacto Ambiental de una parte del proyecto del Circuito del Motor y obligando a la institución a asumir las costas procesales.
La reciente resolución del Tribunal Supremo marca un punto de inflexión definitivo en la controvertida tramitación del Circuito del Motor de Tenerife. Tal y como ha dado a conocer la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN), el Alto Tribunal ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por el Cabildo insular, lo que conlleva la firmeza de la sentencia que declara caducada la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de uno de los cuatro proyectos que integran esta infraestructura.
La providencia, fechada el pasado 30 de septiembre, no solo cierra la vía judicial para este segmento específico —centrado en las explanaciones y las instalaciones para graderíos desmontables—, sino que impone las costas procesales a la administración insular. El Supremo fundamenta su decisión en la ausencia de interés casacional y la falta de argumentación jurídica sólida por parte de la corporación, un revés que invalida la cobertura legal y ambiental de las obras ejecutadas hasta la fecha en ese sector.
Este dictamen judicial valida las advertencias que, desde 2022, diversos actores habían trasladado al Cabildo. Tanto el Defensor del Pueblo, en un informe emitido a principios de este año, como los propios servicios técnicos de la institución y las instancias judiciales previas —incluido el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC)—, habían cuestionado la validez del acta de replanteo de 2016, sugiriendo que su ejecución pudo responder a una maniobra administrativa para eludir la caducidad del expediente.
La organización ecologista ha denunciado que la persistencia del Cabildo en avanzar con los trabajos, incluso tras las sentencias desfavorables en primera instancia y apelación, responde a una estrategia de hechos consumados. A juicio de ATAN, esta conducta ha supuesto un menoscabo innecesario del territorio y un uso cuestionable de fondos públicos en una actuación que, desde el punto de vista jurídico, carecía de viabilidad.
El escenario administrativo se mantiene complejo, ya que la providencia del Supremo afecta únicamente a uno de los cuatro bloques en los que el Cabildo fragmentó el proyecto global. Todavía permanecen bajo escrutinio judicial otros tres procedimientos: el acceso norte, la adaptación al Plan de Defensa contra Avenidas y la pista de velocidad. Ante este panorama, la entidad conservacionista ha instado a la institución insular a proceder con la paralización inmediata de las obras y a iniciar las labores de restauración de los terrenos afectados, exigiendo además que se depuren las responsabilidades políticas derivadas de la gestión de este proyecto.