
El Tribunal Supremo ordena el derribo definitivo de las instalaciones de la Sociedad Recreativa Charco de la Arena en Punta del Hidalgo
El Tribunal Supremo ha ratificado la demolición de las instalaciones de la Sociedad Recreativa Charco de la Arena en Punta del Hidalgo, obligando a su desmantelamiento antes del 14 de junio para recuperar el dominio público marítimo-terrestre.
La recuperación del dominio público marítimo-terrestre en Punta del Hidalgo ha alcanzado un punto de no retorno. Tal y como ha informado la prensa local, el Tribunal Supremo ha cerrado definitivamente la vía judicial que mantenía abierta la Sociedad Recreativa Charco de la Arena, al inadmitir el incidente de nulidad presentado por la entidad. Esta resolución, que pone fin a un litigio prolongado, despeja el camino para la demolición de las instalaciones privadas que han ocupado este tramo del litoral tinerfeño desde 1963.
El Alto Tribunal ha sido tajante en su providencia, señalando que el recurso de la sociedad carecía de fundamento constitucional y constituía, en la práctica, un intento de reabrir un debate jurídico ya resuelto en marzo, cuando se desestimó el recurso de casación. Al no existir posibilidad de apelación, la sentencia que ordena el desmantelamiento del edificio y la piscina es firme y de obligado cumplimiento.
Para el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, este desenlace representa el éxito de una estrategia urbanística orientada a la restitución de espacios naturales para el uso común, en consonancia con la Ley de Costas. La administración local ya ha trasladado a la Audiencia Nacional su requerimiento para que se ejecute el fallo, estableciendo el 14 de junio como fecha límite para que la entidad recreativa proceda al derribo por sus propios medios.
El contexto de esta resolución es significativo, pues marca el fin de una era en la que la privatización de enclaves costeros fue una práctica común durante décadas. La normativa actual, mucho más restrictiva respecto a la ocupación del litoral, ha sido el eje sobre el que el Consistorio ha cimentado su postura, argumentando que la permanencia de estas estructuras priva a la ciudadanía de un activo paisajístico de primer orden.
En caso de que la Sociedad Recreativa no cumpla con la demolición voluntaria antes de la fecha señalada, el Ayuntamiento está facultado para intervenir de manera subsidiaria. Esto supondría que la administración municipal asumiría las labores de desescombro, trasladando posteriormente el coste íntegro de la operación a la junta directiva de la entidad, una medida que subraya la firmeza con la que el Consistorio pretende cerrar este capítulo histórico en la costa lagunera.