Santa Cruz de Tenerife sancionará el goteo de los aires acondicionados sobre la vía pública

Santa Cruz de Tenerife sancionará el goteo de los aires acondicionados sobre la vía pública

Recurso: El Día

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife sancionará el vertido de agua de condensación de los equipos de aire acondicionado sobre la vía pública para evitar riesgos a los peatones y el deterioro del mobiliario urbano.

La convivencia urbana en Santa Cruz de Tenerife se enfrenta este verano a un recordatorio normativo necesario: el goteo constante de los equipos de climatización sobre las aceras no es solo una molestia estética, sino una infracción sancionable. Tal y como recoge la información difundida recientemente sobre la gestión de residuos y limpieza viaria del municipio, el Ayuntamiento ha puesto el foco en esta práctica, equiparándola a otros comportamientos incívicos como el vertido de agua de riego o el sacudido de alfombras desde las alturas.

El marco legal que sustenta esta vigilancia se articula a través de la Ordenanza municipal de gestión de residuos y limpieza de espacios públicos para una economía circular. En concreto, el artículo 15 de este texto prohíbe explícitamente que los desagües de los sistemas de refrigeración viertan su condensación hacia el exterior, una medida que se refuerza con el artículo 38, enfocado en evitar que cualquier líquido procedente de balcones o terrazas alcance el tránsito peatonal. La administración local justifica esta restricción en la necesidad de prevenir riesgos de seguridad, como la formación de superficies deslizantes, y en la preservación del mobiliario urbano, que sufre un deterioro acelerado por la humedad persistente.

Desde una perspectiva jurídica, el incumplimiento de estas directrices conlleva consecuencias económicas. La normativa tipifica el vertido de condensación como una infracción leve, aunque el régimen sancionador, detallado en el artículo 51, contempla un endurecimiento de la penalización en caso de reincidencia. Este control municipal se suma a las limitaciones ya existentes en materia de urbanismo y propiedad horizontal, que exigen que la instalación de unidades exteriores priorice ubicaciones menos intrusivas, como azoteas o patios interiores, siempre bajo el consenso de las comunidades de propietarios.

Más allá de la vertiente punitiva, el debate pone sobre la mesa la responsabilidad individual en el mantenimiento del espacio público. Los expertos en climatización subrayan que existen alternativas técnicas para canalizar el agua de condensación hacia la red de saneamiento interna de las viviendas, evitando así que el confort térmico privado se convierta en un perjuicio para el viandante. La aplicación de estas soluciones no solo garantiza el cumplimiento de la ordenanza, sino que resulta fundamental para mitigar los conflictos vecinales y asegurar que la infraestructura urbana no se vea comprometida por una gestión deficiente de los sistemas de refrigeración.