
El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso del Ayuntamiento de Santa Cruz para desbloquear su planeamiento urbanístico
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para unificar criterios y resolver la inseguridad jurídica que bloquea el desarrollo urbanístico de la capital debido a la controversia sobre la evaluación ambiental estratégica.
La inseguridad jurídica que ha lastrado el desarrollo urbanístico de Santa Cruz de Tenerife durante años se traslada ahora a la máxima instancia judicial del país. Según ha trascendido recientemente, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento capitalino, una decisión que busca poner fin a la disparidad de criterios que ha marcado la tramitación del Plan General de Ordenación (PGO) y sus instrumentos derivados.
El núcleo del conflicto reside en la obligatoriedad de someter los planeamientos urbanísticos a una evaluación ambiental estratégica. La controversia ha generado una situación de bloqueo institucional, alimentada por sentencias contradictorias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). Mientras que en algunos litigios el tribunal autonómico ha avalado la autonomía municipal para determinar la necesidad de este trámite, en otros —como ocurrió con la anulación del PGOU-5— ha respaldado la tesis del Gobierno de Canarias, imponiendo la evaluación ambiental como un requisito ineludible y continuo, cuya omisión conlleva la nulidad de pleno derecho de la norma.
Esta disparidad de fallos ha dejado al municipio en una posición de fragilidad normativa, obligándole a operar bajo el amparo del antiguo plan de 1992. La concejala de Urbanismo, Zaida González, ha subrayado la importancia de este paso ante el Supremo, calificándolo como un hito necesario para clarificar si la Gerencia de Urbanismo posee la potestad técnica para decidir la exención de dicho procedimiento cuando el instrumento en cuestión no genera impactos significativos sobre el entorno.
El Ayuntamiento sostiene, apoyándose en jurisprudencia previa del propio Supremo y del Tribunal Constitucional, que la evaluación ambiental no debe ser un trámite preceptivo en todos los supuestos, especialmente en ordenanzas provisionales de usos. La expectativa municipal se centra ahora en el próximo 26 de febrero, fecha en la que se espera un pronunciamiento del Alto Tribunal sobre el fondo de la ordenanza provisional. Este fallo no solo resolverá el caso concreto, sino que sentará una doctrina definitiva que determinará el futuro del planeamiento urbanístico en la capital tinerfeña, despejando la incertidumbre sobre quién ostenta la competencia última para validar los controles ambientales en la ordenación del territorio.