
El Ayuntamiento de Santa Cruz ordena el cese de actividades del Real Casino de Tenerife por falta de permisos
El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado el cese de las actividades del Real Casino al carecer de los permisos preceptivos para eventos abiertos al público, tras una denuncia por contaminación acústica que ha derivado en un litigio judicial.
La histórica sede del Real Casino de Tenerife, ubicada en la plaza de la Candelaria, se enfrenta a una encrucijada administrativa que pone en entredicho su modelo de gestión. Tal y como ha trascendido recientemente, el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha dictado una orden de cese inmediato de las actividades desarrolladas en sus instalaciones, al considerar que la entidad carece de los permisos preceptivos exigidos por la normativa autonómica sobre espectáculos públicos y actividades clasificadas.
El conflicto, que tiene su origen en una denuncia vecinal por contaminación acústica presentada en noviembre de 2025, ha derivado en una investigación técnica que trasciende la mera cuestión del ruido. La Gerencia Municipal de Urbanismo, bajo la firma de la concejala Zaida González, sostiene que la naturaleza jurídica de la institución —una sociedad privada sin ánimo de lucro fundada en 1840— no le exime de cumplir con las exigencias legales si, en la práctica, el uso de sus dependencias permite la concurrencia de personas ajenas a su masa social.
La resolución municipal es taxativa: la prohibición afecta a la totalidad de los servicios que operan en el edificio, incluyendo las áreas de restauración en la segunda y cuarta planta, el gimnasio, la ludoteca, así como los espacios destinados a eventos, conciertos y karaoke. A este requerimiento se suma un expediente sancionador que propone una multa superior a los 25.000 euros, motivada por las irregularidades acústicas detectadas durante los actos conmemorativos del 185 aniversario de la entidad, celebrados entre junio y julio de 2025.
Desde la presidencia del Casino, ahora encabezada por Beatriz Barrera, se ha intentado articular una defensa basada en la privacidad de la entidad y la ausencia de fines lucrativos. No obstante, el Consistorio ha desestimado estas alegaciones, argumentando que la realidad funcional del establecimiento —caracterizada por el uso de sistemas de invitación y la apertura a terceros— lo sitúa bajo el paraguas de la Ley 7/2011 de Canarias. Para el Ayuntamiento, el acceso de personas no socias a eventos organizados en el recinto es el factor determinante que obliga a la obtención de un título habilitante específico.
Mientras la junta directiva ha comunicado a sus socios la apertura de estos expedientes y ha anunciado medidas correctoras, como la instalación de limitadores acústicos y la restricción de horarios nocturnos, la orden de cese sigue vigente. Actualmente, la entidad ha trasladado el litigio a la vía contencioso-administrativa, solicitando una medida cautelarísima que permita la reapertura de sus servicios mientras se dirime el fondo del asunto. Este caso pone de relieve la tensión recurrente en los cascos históricos entre la preservación de instituciones tradicionales y el cumplimiento de las normativas urbanísticas y de convivencia ciudadana, un equilibrio que, en este caso, deberá ser resuelto por los tribunales.