
Condenan a nueve años y medio de prisión a un hombre por agredir sexualmente y robar a una anciana en Puerto de la Cruz
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a nueve años y medio de prisión a un hombre por agredir sexualmente y robar a una mujer de 72 años en Puerto de la Cruz en 2022.
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha dictado una sentencia condenatoria de nueve años y medio de prisión contra un individuo por los delitos de agresión sexual, robo con violencia y lesiones, perpetrados contra una mujer de 72 años en el municipio de Puerto de la Cruz. Según la información judicial a la que ha tenido acceso este medio, el tribunal ha impuesto, además de la privación de libertad, una medida de libertad vigilada por un periodo de ocho años y una responsabilidad civil que asciende a 16.100 euros, desglosados entre indemnizaciones por daños físicos, psíquicos y el valor de los bienes sustraídos.
El fallo judicial otorga plena validez al testimonio de la víctima, calificándolo de persistente y coherente. Los magistrados han descartado cualquier móvil espurio o animadversión previa entre las partes, subrayando la solidez de un relato que describe cómo, en la madrugada del 30 de diciembre de 2022, la mujer fue abordada por el agresor mientras regresaba a su domicilio. Tras un intento de aproximación bajo el pretexto de una conversación en inglés, el procesado forzó a la víctima, intentando realizar tocamientos de índole sexual y sustrayendo su bolso —que contenía dispositivos electrónicos, dinero en efectivo y efectos personales— tras un forcejeo que dejó secuelas físicas en la mujer.
Un aspecto central del proceso ha sido la evaluación de la salud mental del condenado. A pesar de que la defensa argumentó la existencia de un trastorno esquizofrénico y un historial de consumo de sustancias para solicitar una atenuante, los informes periciales presentados ante la Sala han invalidado esta tesis. Los expertos forenses determinaron que el acusado se encontraba bajo los efectos de su medicación pautada en el momento de los hechos, descartando la posibilidad de un brote psicótico. Esta conclusión ha sido determinante para que el tribunal desestimara la eximente, confirmando la plena capacidad del individuo para comprender la ilicitud de sus actos.
El impacto de este suceso ha trascendido el ámbito penal, dejando una huella profunda en la vida de la víctima, quien ha requerido asistencia psicológica y farmacológica continuada. La gravedad de las lesiones, que requirieron atención médica, y el trauma derivado del ataque han condicionado su movilidad y su sensación de seguridad, motivando incluso su traslado fuera de España. Mientras el condenado continúa su proceso de desintoxicación en el centro penitenciario Tenerife II, la sentencia pone fin a un caso que ha puesto a prueba la valoración de la prueba testifical en delitos contra la libertad sexual, reafirmando la importancia de la resistencia de la víctima y la ausencia de vínculos previos como elementos clave para la convicción judicial.