El cementerio de La Orotava: un archivo vivo de las tensiones sociales y políticas del siglo XIX en Canarias

El cementerio de La Orotava: un archivo vivo de las tensiones sociales y políticas del siglo XIX en Canarias

Recurso: Diario de Avisos

Una investigación de la Sociedad Genealógica y Heráldica de Canarias revela cómo el cementerio de La Orotava, inaugurado en 1823, refleja las tensiones ideológicas, la huella de la esclavitud y la severidad del sistema penal en la sociedad canaria del siglo XIX.

El cementerio de La Orotava, inaugurado en 1823 tras la prohibición de las inhumaciones en recintos religiosos dictada por Carlos III, constituye un archivo vivo de las tensiones sociales, políticas y religiosas que definieron la Canarias del siglo XIX. Tal y como recoge una reciente investigación de la Sociedad Genealógica y Heráldica de Canarias, este camposanto no solo fue el destino final de los vecinos de la villa, sino también un escenario donde se dirimieron conflictos ideológicos y se reflejaron las últimas huellas de la esclavitud y la dureza del sistema penal de la época.

La historia del recinto está marcada por una notable arbitrariedad institucional. Durante 26 años, el obispado nivariense mantuvo el cementerio bajo entredicho debido a la presencia de restos de masones, como José Nicolás Hernández y el VIII marqués de la Quinta Roja. Sin embargo, el análisis de los registros parroquiales revela una contradicción administrativa: otros miembros de la masonería fueron enterrados con ritos eclesiásticos y sacramentos sin que la jerarquía episcopal interviniera, lo que sugiere una aplicación selectiva de la censura eclesiástica que no se levantó hasta 1904.

Más allá de las disputas ideológicas, el camposanto orotavense documenta la transición hacia la abolición de la esclavitud. El registro de Juana, una mujer que falleció en 1826 tras una vida de servidumbre, marca el fin de una era. Su caso, junto con los de Rosa, José Valentín y Patricio Antonio del Sacramento —quienes fueron inhumados en iglesias antes de la apertura del cementerio—, ilustra la rigidez del derecho vigente, donde la condición jurídica de la madre determinaba la servidumbre de la descendencia, perpetuando linajes de esclavos en las islas.

Finalmente, el cementerio funcionó como el último eslabón de un sistema punitivo que, en ocasiones, desafiaba las reformas humanitarias de la época. El caso de Demetrio Villar, ajusticiado y descuartizado en 1833, resulta excepcional, dado que la normativa fernandina ya había sustituido la horca por el garrote vil. La práctica del descuartizamiento, utilizada como medida de ejemplaridad pública, se aplicó a pesar de que el reo había recibido los sacramentos. Junto a él, otros nombres como Juan Ramos, Juan García Cachaplu, Agustín Acosta y María Martín —esta última fusilada en 1841—, completan una crónica de ejecuciones que, lejos de ser meros datos estadísticos, reflejan la severidad de las sentencias dictadas por la Real Audiencia y la compleja relación entre la justicia civil y la administración parroquial en el siglo XIX.