La DGT advierte: multas de hasta 200 euros por aparcar incorrectamente en pendiente

La DGT advierte: multas de hasta 200 euros por aparcar incorrectamente en pendiente

Recurso: El Día

La DGT advierte que estacionar incorrectamente en pendientes, sin aplicar las medidas de inmovilización obligatorias, puede conllevar multas de hasta 200 euros por considerarse una infracción grave.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha intensificado recientemente su labor de vigilancia sobre las maniobras de estacionamiento en terrenos inclinados, una operativa que, lejos de ser una mera cuestión de pericia al volante, constituye una obligación legal vinculada directamente a la seguridad vial. Tal y como recoge el organismo en sus últimas advertencias, el incumplimiento de los protocolos de inmovilización en estas zonas no solo compromete la integridad de los viandantes y otros usuarios de la vía, sino que conlleva sanciones económicas que pueden alcanzar los 200 euros al ser tipificadas como infracciones graves.

El marco normativo que regula esta materia, concretamente el artículo 92 del Reglamento General de Circulación, establece una jerarquía de medidas preventivas para evitar el desplazamiento involuntario de los turismos. La norma exige que, al detener el vehículo, se active el freno de estacionamiento y se engrane la primera marcha si la inclinación es ascendente, o la marcha atrás si es descendente. En el caso de vehículos pesados —aquellos que superan los 3.500 kilogramos—, autobuses o conjuntos de vehículos, la ley es aún más taxativa: obliga al uso de calzos homologados o, en su defecto, a la maniobra de apoyo de una de las ruedas directrices contra el bordillo, orientando la dirección hacia el centro de la calzada en subidas o hacia el exterior en bajadas.

Más allá de la exigencia técnica, la correcta orientación de los neumáticos actúa como un sistema de seguridad pasiva frente a posibles fallos mecánicos, como una deficiencia en el sistema de frenado. La lógica operativa es clara: en una pendiente ascendente, las ruedas deben girarse en sentido opuesto al bordillo, mientras que en una bajada, la dirección debe apuntar hacia el mismo. Esta configuración física garantiza que, ante cualquier eventualidad, el vehículo encuentre un obstáculo natural que frene su inercia.

La relevancia de estas directrices radica en la prevención de siniestros derivados de la falta de control sobre el vehículo una vez abandonado. La DGT subraya que el riesgo no se limita a la multa administrativa, sino que se extiende a la responsabilidad civil y penal en caso de que el desplazamiento del automóvil provoque daños materiales o lesiones personales. Por tanto, la correcta ejecución de la maniobra de aparcamiento se consolida como un elemento esencial para la convivencia urbana y la protección del espacio público en municipios con orografía compleja.