La DGT advierte sobre las multas de hasta 500 euros por realizar maniobras de marcha atrás indebidas

La DGT advierte sobre las multas de hasta 500 euros por realizar maniobras de marcha atrás indebidas

Recurso: El Día

La DGT recuerda que la marcha atrás solo está permitida en casos específicos, limitando su recorrido a 15 metros y prohibiendo su uso en intersecciones o vías de alta capacidad bajo riesgo de multas de hasta 500 euros.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto el foco recientemente sobre la ejecución de la marcha atrás, una maniobra que, pese a su cotidianidad, está sujeta a un marco normativo estricto cuyo incumplimiento conlleva consecuencias sancionadoras significativas. Tal y como ha recordado el organismo, el uso de la reversa no es una opción de libre elección para el conductor, sino una acción supeditada a necesidades operativas muy específicas.

Desde una perspectiva de seguridad vial, la normativa —articulada en el artículo 32 del Reglamento General de Circulación— establece que el retroceso del vehículo debe ser siempre la opción de último recurso. El marco legal vigente permite esta maniobra exclusivamente cuando el conductor se dispone a estacionar, necesita incorporarse al flujo circulatorio o se encuentra ante la imposibilidad física de avanzar o realizar un cambio de sentido. En cualquier caso, el texto legal impone dos límites infranqueables: la distancia recorrida no puede exceder los 15 metros y queda terminantemente prohibido invadir intersecciones o circular en sentido contrario en vías de alta capacidad, como autopistas y autovías.

El rigor de Tráfico responde a la alta siniestralidad asociada a la falta de visibilidad y al control limitado que el conductor tiene sobre el vehículo al desplazarse en sentido opuesto a la marcha. Por ello, las autoridades han endurecido la vigilancia sobre estas prácticas. El régimen sancionador contempla multas de 200 euros y la detracción de 4 puntos del permiso de conducir como penalización estándar. No obstante, si la maniobra se ejecuta de forma negligente, comprometiendo la integridad de otros usuarios de la vía, la cuantía puede elevarse hasta los 500 euros, además de la correspondiente pérdida de puntos.

Más allá de la sanción, la DGT subraya la importancia de la prudencia técnica. La recomendación oficial es realizar el movimiento a una velocidad reducida, garantizando en todo momento la señalización previa de la intención del conductor y la verificación constante a través de los espejos retrovisores. Este protocolo no solo busca evitar la sanción administrativa, sino minimizar el riesgo de colisiones en un entorno urbano donde la convivencia entre vehículos y peatones exige una atención máxima. En última instancia, el cumplimiento de estas directrices se presenta como un elemento esencial para la prevención de accidentes en el complejo ecosistema de la movilidad actual.