
DGT aclara cuándo es obligatorio llevar extintor en el coche y a cuánto asciende la multa
La DGT aclara que los turismos particulares no están obligados a llevar extintor, salvo que arrastren un remolque o caravana, aunque recomienda su uso como medida preventiva de seguridad.
La llegada de la temporada estival reactiva el debate sobre la seguridad pasiva y el equipamiento preventivo en los desplazamientos por carretera. Tal y como ha recordado recientemente la Dirección General de Tráfico (DGT), existe una confusión recurrente entre los conductores particulares respecto a la obligatoriedad de portar sistemas de extinción de incendios, un elemento que, si bien es fundamental para la seguridad vial, no figura como requisito indispensable para la mayoría de los turismos que circulan por nuestras vías.
Desde una perspectiva normativa, el Reglamento General de Vehículos delimita con precisión qué categorías de transporte deben integrar obligatoriamente un extintor homologado. Esta exigencia legal no alcanza a los turismos de uso privado, a menos que estos incorporen un remolque ligero o una caravana, escenario en el que la normativa sí impone su presencia. El incumplimiento de esta disposición, cuando el vehículo está sujeto a ella, conlleva una sanción administrativa de 200 euros, sin que ello suponga la detracción de puntos del permiso de conducir.
Más allá de la obligatoriedad legal, organismos como el RACE subrayan la conveniencia de integrar este dispositivo como una medida de autoprotección. La inversión necesaria para adquirir un equipo homologado, diseñado específicamente para el entorno automovilístico, oscila habitualmente entre los 16 y los 30 euros. No obstante, la mera posesión del extintor no garantiza la eficacia ante una emergencia; es imperativo realizar revisiones periódicas que certifiquen su operatividad y vigencia.
La ubicación del dispositivo dentro del habitáculo es otro factor crítico que los usuarios deben considerar. La normativa de seguridad exige que cualquier carga, incluido el extintor, se encuentre debidamente anclada —ya sea en el maletero o bajo los asientos— para evitar que el objeto se convierta en un proyectil peligroso en caso de colisión o frenada brusca. En última instancia, la integración de estos sistemas responde a una estrategia de prevención de riesgos que, aunque no siempre sea imperativa por ley, resulta determinante para mitigar las consecuencias de un incidente mecánico en carretera.