
La DGT refuerza la vigilancia de los límites de velocidad para reducir la siniestralidad vial
La DGT refuerza la importancia del cumplimiento de los límites de velocidad en entornos urbanos e interurbanos como estrategia fundamental para reducir la siniestralidad y proteger a los usuarios vulnerables.
La seguridad vial en el entorno urbano y en la red de carreteras nacional vuelve a situarse en el centro del debate público, tras las recientes comunicaciones emitidas por la Dirección General de Tráfico (DGT) y la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Según los datos difundidos por estos organismos, el cumplimiento estricto de los umbrales de velocidad se mantiene como la piedra angular de su estrategia para reducir la siniestralidad y proteger a los colectivos más vulnerables, especialmente a los peatones.
El marco normativo vigente, articulado a través del Real Decreto 970/2020 que reformó el Reglamento General de Circulación, clasifica los límites en las ciudades en tres niveles: 20 km/h para aquellas vías de plataforma única, 30 km/h en calles con un solo carril por sentido y 50 km/h en aquellas arterias que dispongan de dos o más carriles por sentido. A este respecto, las autoridades han subrayado que los ayuntamientos conservan la potestad de reducir el límite genérico de 50 km/h en las travesías si así lo requieren las condiciones de seguridad local.
Más allá del ámbito municipal, el régimen sancionador sigue siendo un elemento disuasorio clave. Las infracciones por exceso de velocidad conllevan multas económicas que oscilan entre los 100 y los 600 euros, acompañadas de la detracción de entre dos y seis puntos del permiso de conducir, en función de la magnitud del exceso cometido. Esta política punitiva busca reforzar la concienciación sobre la relación directa entre la energía cinética de un vehículo y la gravedad de las lesiones en caso de colisión.
En cuanto a la circulación interurbana, se mantienen los topes de 90 km/h en carreteras convencionales y 120 km/h en autopistas y autovías para turismos y motocicletas. La normativa también clarifica el uso de vehículos de movilidad personal y ciclos: mientras que las bicicletas pueden transitar por autovías —siempre que no exista una señalización que lo prohíba expresamente—, con un límite de 45 km/h y el uso obligatorio de casco, los ciclomotores tienen vetado el acceso tanto a autopistas como a autovías.
Este enfoque normativo responde a una tendencia europea que prioriza la pacificación del tráfico en las ciudades. La evidencia técnica sugiere que la reducción de la velocidad no solo disminuye la probabilidad de accidentes, sino que aumenta significativamente las posibilidades de supervivencia de los usuarios vulnerables, un factor determinante en la planificación de la movilidad sostenible que las administraciones españolas están implementando en los últimos años.