Confirman la condena al responsable de Bollulo Beach y ordenan la demolición de las estructuras ilegales

Confirman la condena al responsable de Bollulo Beach y ordenan la demolición de las estructuras ilegales

Recurso: El Día

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ratificado la condena de 18 meses de prisión y la orden de demolición de las estructuras ilegales del restaurante Bollulo Beach por vulnerar la normativa de protección del litoral.

La ratificación de la condena contra el responsable del restaurante Bollulo Beach por parte de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife marca un precedente significativo en la protección del litoral canario. Tal y como recoge la resolución judicial del pasado 6 de abril, el tribunal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Luis Francisco Arocha García y su mercantil, Mercafruve S.L.U., confirmando la sentencia previa que le impone una pena de 18 meses de prisión, una multa económica de 12 meses —con una cuota diaria de 20 euros— y la inhabilitación para el ejercicio de actividades vinculadas a la construcción hostelera durante un año.

El fallo judicial no solo ratifica la sanción penal, sino que ordena la demolición de las estructuras levantadas sin los permisos preceptivos en un entorno de especial protección. Entre los elementos que deberán ser retirados se encuentran dos superficies pavimentadas de 600 metros cuadrados, una edificación acristalada de 150 metros cuadrados, un punto de venta de 16 metros cuadrados y una instalación destinada a maquinaria de carga. La justicia ha determinado que estas actuaciones, desarrolladas entre 2018 y 2021, se ejecutaron sobre suelo rústico de especial valor y en una zona de servidumbre marítimo-terrestre, contraviniendo tanto la normativa estatal de Costas como el Plan Especial de El Rincón.

La Audiencia ha desarticulado los argumentos de la defensa, que alegaba indefensión y desconocimiento de la norma. Los magistrados han subrayado que el promotor era plenamente consciente de la ilicitud de sus actos, dado que existían advertencias técnicas previas, tanto municipales como autonómicas, que desaconsejaban cualquier intervención en un espacio protegido. La sentencia incide en que el acusado intentó, de manera reiterada, regularizar a posteriori obras que carecían de las autorizaciones administrativas obligatorias, una práctica que el tribunal considera incompatible con el principio de legalidad urbanística.

Este desenlace judicial ha sido recibido con satisfacción por la Coordinadora El Rincón – Ecologistas en Acción, entidad que ha ejercido la acusación popular desde el inicio del proceso. La organización ha puesto el foco en la necesidad de restaurar el equilibrio ecológico de este enclave, protegido por su valor paisajístico desde 1992. Sin embargo, el colectivo ha manifestado su intención de continuar la batalla legal, anunciando que impugnará la licencia municipal otorgada por el Ayuntamiento de La Orotava, al considerar que dicha autorización vulneró la Ley de Costas. Asimismo, los ecologistas han denunciado la persistencia de otras actividades en la zona, como la explotación de una vivienda vacacional, que consideran ajenas a la calificación del suelo.

Aunque la resolución de la Audiencia Provincial es firme en su condena, el proceso aún podría prolongarse, ya que cabe la posibilidad de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, la sentencia refuerza la doctrina sobre la prevalencia de la protección ambiental frente a los intereses particulares en espacios de alto valor ecológico, cerrando la puerta a la consolidación de edificaciones ilegales mediante el hecho consumado.