
El juez mantiene la causa contra el alcalde de Icod de los Vinos por presunta prevaricación
El Juzgado de Instrucción número 2 de Icod de los Vinos ha validado la ampliación de la causa contra el alcalde Javier Sierra Jorge por un presunto delito de prevaricación por omisión, desestimando su petición de archivo.
La instrucción judicial que afecta al alcalde de Icod de los Vinos, Javier Sierra Jorge (Alternativa Icodense), ha cobrado un nuevo impulso tras las resoluciones dictadas el pasado 1 de junio por el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de la localidad. Según ha trascendido a través de la información publicada por medios locales, el magistrado ha validado la ampliación del relato fáctico que sustenta la causa, al tiempo que ha desestimado las pretensiones de archivo formuladas por la representación legal del regidor.
El núcleo de la controversia jurídica reside en la posible comisión de un delito continuado de prevaricación por omisión. La acusación particular, que solicita una inhabilitación especial de 15 años para el ejercicio de cargos públicos, sostiene que el alcalde habría bloqueado deliberadamente la tramitación de expedientes disciplinarios contra una empleada municipal con la que, según el propio investigado, mantiene vínculos personales. La reciente resolución judicial incorpora al procedimiento una secuencia detallada de escritos presentados por la denunciante entre marzo y octubre de 2023, en los que se reclamaba la apertura de expedientes y se denunciaba la falta de respuesta institucional, elementos que el juez considera fundamentales para completar la base fáctica del caso.
Desde una perspectiva jurídica, este procedimiento pone de relieve la complejidad de la prevaricación por omisión, una figura que, conforme a la doctrina del Tribunal Supremo, requiere acreditar que la autoridad tenía un deber jurídico ineludible de actuar y que su inactividad fue consciente, equiparándose así a una resolución arbitraria. El magistrado ha subrayado que la fase actual no busca determinar la culpabilidad, sino verificar si existen indicios racionales que justifiquen la apertura de juicio oral. En este sentido, el juzgado ha rechazado el argumento de la defensa, que pretendía circunscribir los hechos a una mera irregularidad administrativa sin trascendencia penal, insistiendo en que será durante el enjuiciamiento donde se deba esclarecer si la pasividad del alcalde respondió a una voluntad deliberada de eludir sus obligaciones.
La defensa de Sierra Jorge, que ya había intentado revocar el auto del 8 de abril —el cual apreciaba indicios de delito—, ha interpuesto un recurso de apelación contra la última resolución judicial. Mientras el proceso avanza hacia su fase de enjuiciamiento, el caso se mantiene como un ejemplo de la tensión entre la gestión administrativa y la responsabilidad penal de los cargos electos, donde la falta de impulso procedimental se convierte en el eje central de la investigación. La causa, por tanto, continúa su curso procesal con la cronología de los hechos plenamente integrada en el sumario.