
El TSJC ratifica la condena de cuatro años y medio de prisión por un homicidio imprudente en Santa Cruz de Tenerife
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha ratificado la condena de cuatro años y seis meses de prisión para un hombre por un homicidio imprudente tras una pelea mortal en Santa Cruz de Tenerife, desestimando el recurso que solicitaba aumentar la pena por abuso de superioridad.
La ratificación de la condena de cuatro años y seis meses de prisión para Y. B. B. por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) pone fin a un complejo proceso judicial derivado de un altercado mortal en Santa Cruz de Tenerife. Tal y como ha trascendido a través de la información publicada por medios locales, la Sala de lo Penal ha desestimado el recurso de apelación presentado por la acusación particular, que buscaba elevar la pena al considerar que existió un abuso de superioridad durante la agresión.
El caso, que tuvo su origen en una disputa ocurrida el 26 de julio de 2024 en un establecimiento hostelero de la calle Méndez Núñez, subraya la dificultad de los tribunales para aplicar agravantes en contextos de violencia espontánea. La familia de la víctima, representada por la letrada Fabiola Cruz, había solicitado una condena de ocho años de cárcel, argumentando que la dinámica del ataque debía calificarse con mayor severidad. Sin embargo, el TSJC ha respaldado el criterio de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, al concluir que no se produjo un desequilibrio de fuerzas que justificara dicha agravante.
La resolución judicial se apoya en los hechos probados, que describen un intercambio de agresiones físicas previas al impacto definitivo. Según el tribunal, la víctima, a pesar de su edad, poseía una complexión física robusta y una estatura superior a la del agresor, además de haber participado activamente en el forcejeo, llegando incluso a propinar un cabezazo al acusado. Estos elementos, según los magistrados, invalidan la tesis de una ventaja táctica o física explotada deliberadamente por el condenado, manteniendo así la calificación de delito de lesiones agravadas en concurso ideal con homicidio por imprudencia grave.
El suceso, que culminó con la muerte de la víctima al día siguiente debido a una fractura craneal tras caer desplomada, estuvo marcado por el consumo previo de alcohol y sustancias estupefacientes por parte del autor, quien ya contaba con antecedentes penales por un intento de homicidio en 2010. Aunque el acusado intentó matizar su responsabilidad durante la vista oral, las pruebas videográficas del local fueron determinantes para establecer la secuencia de los hechos.
Pese a la negativa del tribunal a incrementar la pena privativa de libertad, la sentencia sí ha confirmado las indemnizaciones económicas fijadas para los familiares del fallecido: 140.000 euros para la viuda y 32.000 euros para su hija, cantidades que deberán abonarse con los intereses legales correspondientes. Con esta resolución, el TSJC cierra el debate jurídico sobre la tipificación del suceso, al considerar que el relato fáctico no admite una interpretación que derive en una mayor responsabilidad penal.