
La nueva Ley de Vivienda abre la puerta a recargar hasta un 150% el IBI a las casas vacías en Canarias
La nueva Ley de Vivienda permite a los ayuntamientos canarios aplicar recargos de hasta el 150% en el IBI a las viviendas desocupadas, aunque las capitales del archipiélago mantienen de momento una postura prudente ante su implementación.
La reciente Ley de Vivienda ha introducido un mecanismo de presión fiscal sobre el parque inmobiliario desocupado que, según adelanta la prensa local canaria, plantea un escenario de incertidumbre para los propietarios de inmuebles sin uso en el archipiélago. El núcleo de esta estrategia legislativa reside en la facultad otorgada a los consistorios para aplicar recargos significativos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), una herramienta diseñada con el propósito declarado de incentivar la salida de activos al mercado de alquiler y moderar la escalada de precios.
La arquitectura de esta medida no opera de forma generalizada ni automática, sino que delega en la autonomía municipal la decisión de implementar estas cargas tributarias mediante ordenanzas específicas. El marco legal permite que el gravamen adicional alcance hasta el 150% de la cuota ordinaria, una cifra que varía en función de la duración de la desocupación y del volumen de inmuebles bajo una misma titularidad. En términos operativos, la normativa establece una escala progresiva: un recargo del 50% para inmuebles vacíos durante más de dos años, que se duplica hasta el 100% si el periodo se prolonga, y alcanza el tope del 150% cuando el propietario acumula múltiples unidades en un mismo término municipal, una disposición que apunta directamente a la actividad de grandes tenedores y fondos de inversión.
Para la ejecución de estos cobros, los ayuntamientos deberán acreditar la situación de desocupación mediante el cruce de datos del padrón con registros de consumo de suministros básicos. No obstante, la ley contempla excepciones que eximen del recargo a aquellos inmuebles que permanezcan cerrados por causas justificadas, buscando así diferenciar la gestión patrimonial especulativa de las situaciones de necesidad personal o causas de fuerza mayor.
El impacto potencial de esta normativa es especialmente relevante en Canarias, región que, según los datos del Censo de Población y Viviendas de 2021 del INE, presenta una tasa de desocupación residencial del 19,4%, superando en cinco puntos la media nacional. El análisis de estas cifras sitúa a Santa Cruz de Tenerife como la capital de provincia con mayor volumen de viviendas vacías del país —cerca de 92.300 unidades—, seguida por Las Palmas de Gran Canaria, con 65.900. Pese a estas estadísticas, la aplicación de la norma se encuentra en una fase de estancamiento administrativo: hasta la fecha, los gobiernos municipales de ambas capitales no han manifestado una intención inmediata de activar estos recargos fiscales, manteniendo el foco en la prudencia ante una medida que, si bien busca corregir desequilibrios estructurales, requiere de una compleja gestión técnica para su implementación efectiva.