El TSJC ratifica 11 años de cárcel para dos miembros de una empresa de desokupación por tentativa de asesinato

El TSJC ratifica 11 años de cárcel para dos miembros de una empresa de desokupación por tentativa de asesinato

Recurso: El Día

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha ratificado la condena de once años de prisión a dos miembros de una empresa de desokupación por el intento de asesinato de un hombre en Tenerife en 2020.

La ratificación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de la condena de once años de prisión contra dos individuos vinculados a una empresa de desokupación marca un precedente relevante en la interpretación judicial de los métodos empleados para recuperar inmuebles. Tal y como recoge la resolución del alto tribunal, la justicia ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que tipifica los hechos como un delito de asesinato en grado de tentativa con alevosía, descartando las tesis de las defensas que cuestionaban la solidez de las pruebas incriminatorias.

El caso, que tuvo lugar el 14 de febrero de 2020 en la localidad tinerfeña de Chayofa, pone de relieve la extrema peligrosidad de las prácticas de presión extrajudicial. Según el relato judicial, los condenados abordaron a la víctima en el exterior de la vivienda que ocupaba, empleando un objeto contundente —una barra de hierro— para asestar golpes súbitos en la cabeza. La agresión, que también afectó a la hija del perjudicado al intentar esta auxiliar a su padre, se prolongó con patadas y maniobras de estrangulamiento una vez que la víctima se encontraba indefensa en el suelo.

El análisis de los magistrados subraya que la intención de los agresores trascendía la mera coacción, al concurrir un claro ánimo homicida. Esta conclusión se sustenta en la selección de zonas vitales para el ataque y la reiteración de la violencia, elementos que, sumados a la emboscada, configuran la alevosía. Las lesiones resultantes —que incluyen traumatismo craneoencefálico, fracturas costales y neumotórax— requirieron intervenciones quirúrgicas complejas y han dejado secuelas físicas permanentes en el agredido, quien además de las heridas físicas, enfrentó un riesgo vital inminente.

La sentencia desestima los recursos interpuestos por los condenados, quienes alegaban vulneración de la presunción de inocencia y errores en la identificación. El TSJC, por el contrario, valida el acervo probatorio compuesto por testimonios, reconocimientos judiciales, registros de comunicaciones y las labores de vigilancia efectuadas por la Guardia Civil. Este fallo no solo confirma la pena privativa de libertad, sino que impone una responsabilidad civil conjunta de 250.000 euros para el principal afectado y 1.000 euros para la segunda víctima, además de establecer diez años de libertad vigilada y órdenes de alejamiento.

Este episodio judicial se enmarca en un contexto de creciente preocupación social y política sobre los límites de las empresas de gestión de desahucios. La resolución, que también ordena investigar un posible falso testimonio durante el proceso, subraya que la disputa por la posesión del inmueble no puede ser utilizada como atenuante ni como justificación para el uso de la fuerza. La confirmación de esta condena reafirma la postura de los tribunales españoles de perseguir con severidad cualquier método de recuperación de viviendas que vulnere la integridad física y los derechos fundamentales de las personas, independientemente de la situación administrativa del inmueble en cuestión.